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Cada persona, en función de los rendimientos, deberá seleccionar una base de cotización.

A partir de ahora es necesario contar con un certificado digital personal

El nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos que entró en vigor en enero de este año conlleva cambios importantes en esta materia, por lo que es muy aconsejable que todos los agricultores y ganaderos autónomos revisen con su asesoría los cambios. Además, es fundamental que las personas que aún no dispongan de un certificado digital a título personal, lo soliciten lo antes posible.

Para este año debe contarse con un certificado digital a título personal, ya sea Izenpe, Clave permanente, etc., al margen del que ya tengan como entidades jurídicas. Esto es debido a que todas las comunicaciones futuras de la Seguridad Social se harán a través de este certificado a título personal.

En el caso de las personas afiliadas que tengan autorización en AGA o UAGA, recomendamos que pasen por oficina con la siguiente documentación: escritura; si tienen otra actividad, traer la documentación pertinente; indicar los familiares vinculados a la explotación; y número de teléfono y email personal para la nueva certificación a título personal. Respecto a la comunicación de datos a la Seguridad Social, es muy importante facilitar todos los nuevos datos lo antes posible (aunque el plazo máximo establecido por la Seguridad Social para registrar estos cambios es hasta el 31/10/2023). Las personas autónomas que no cuenten con autorización en AGA o UAGA tendrán que hacerlo directamente por la Sede Electrónica (todavía no está habilitado el sistema), o a través de su asesoría laboral particular.

Seleccionar la base de cotización
El trabajador autónomo, en función de su previsión de rendimientos netos del ejercicio, contando con todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales, debe seleccionar una base de cotización, comprendida entre las bases mínima y máxima de cotización que correspondan a su tramo de ingresos, de entre los 15 tramos que hay para 2023.

La elección de las bases se puede modificar cada dos meses este 2023, por tanto, el siguiente tramo para el cambio se podría hacer antes del 30 de abril. Cada autónomo puede valorar con sus estimaciones de renta cuál va a ser su rendimiento este año (teniendo en cuenta también las deducciones fiscales que van a haber). A la hora de calcular el rendimiento neto se recuerda que hay que sumar las cotizaciones y después restar un 7%. En función del resultado, se debe comprobar en la tabla en qué tramo de rendimiento se encuentra y por tanto, entre qué bases (máxima y mínima) debería cotizar.